viernes, 31 de octubre de 2008

Creacion Consejo Social de Tierras y Vivienda 1595-CM-06

Ordenanza - 1595-CM-2006 : Vigente Fecha de sanción: 2006-04-11




Resumen: Crea el Consejo Social de Tierras y Viviendas, con carácter consultivo, a los efectos de elaborar diagnósticos en forma integral, proponer planes de acción en el corto y mediano plazo y proceder a un seguimiento de las políticas que se implementen en torno a la problemática.




Descripción: CREACIÓN CONSEJO SOCIAL DE TIERRAS Y VIVIENDAS.
Autores: Breide, Diego [ Concejal - Encuentro de los Rionegrinos ]
Cascón, Marcelo [ Presidente del Concejo Municipal - UCR ]
Garcia Larraburu, Silvina [ Concejal - PJ ]
Alcance: General
Promulgación: 1688-I-06 del 19/04/2006 Fecha prom.: 2006-04-19
Fecha vencimiento: 1999-11-30
Boletín oficial: 4408 Fecha boletín: 2006-05-04

ORDENANZA N° 1595-CM-06

DESCRIPCION SINTETICA: CREACIÓN CONSEJO SOCIAL DE TIERRAS Y VIVIENDAS.

ANTECEDENTES

Art. 14 bis. de la Constitución Nacional: “El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: (…) la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna”.

Ley Nacional 23.091 de locaciones urbanas y de promoción de locaciones destinadas a vivienda. 20 de septiembre de 1984.

Programa Federal de Emergencia Habitacional, que involucra al Estado Nacional desde tres de sus ministerios, a los estados provinciales desde sus institutos de la vivienda y establece que cada municipioactúa como ejecutor del programa a través de la interacción de sus dependencias específicas”.

Ley Nº 7491 de la Provincia de San Juan, del 17 de junio de 2004. Declara Emergencia Habitacional hasta diciembre de 2007 e implementa un Plan de Vivienda Digna.

Proyecto de Ordenanza: 489/05 – Declarar Emergencia Habitacional y Crear Banco de Tierras.

Programa Federal de Emergencia Habitacional.

Documento de la Pastoral Social “El Problema de las Tierras Urbanas” marzo 2006.

Notas periodísticas viernes 16 de septiembre de 2005. Diarios “El Ciudadano”, “El Cordillerano”, “Bariloche 2000” y “Río Negro”. Presentación oficial de la Asociación de Familias Organizadas por el Derecho a la Vivienda.

Notas periodísticas 28 de febrero de 2006 Bariloche2000, El Río Negro “Presentación de petitorio por una vivienda digna”.

Nota periodística 1 de marzo de 2006, Bariloche2000, El Cordillerano: “Reclaman al Intendente por viviendas dignas”.

Nota periodística 2 de marzo de 2006, El Río Negro, “Vecinos de Nahuel Hue exigen soluciones al Municipio”.

Nota de solicitud para conformar una mesa de diálogo con el Municipio, presentada por vecinos de Nahuel Hue y AFODEVIDA.

Nota periodística, El Ciudadano. “Crisis habitacional en Bariloche”.

Nota periodística, 3 de abril de 2006, El Cordillerano, “Varias familias ocupan terrenos al lado de la escuela de techo amarillo”, “Ahora jóvenes ocupan terrenos en la barda”.

FUNDAMENTOS

Garantizar el derecho al acceso a la tierra y a la vivienda digna es uno de los roles indelegables del Estado.

Para ello es necesario establecer un marco de trabajo y de consulta permanente que fortalezca todas las acciones que se están llevando adelante desde distintas organizaciones y el Municipio, hacia las familias de nuestra ciudad, cuyo objetivo principal sea unificar y canalizar de manera efectiva, transparente y planificada todo lo relacionado al tema en cuestión.

Por esta razón entendemos que es imprescindible la creación del Consejo Social de Tierras y Viviendas, integrado por representantes del ejecutivo Municipal, Legislativo, Organizaciones Sociales nucleadas por el derecho a la vivienda digna y Organizaciones No Gubernamentales con trayectoria en el tema, actores garantes para generar una salida seria y responsable a la actual situación.

AUTORES: Concejales Silvina García Larraburu (P J ); Marcelo Cascón (UCR) y Diego Breide (Encuentro).

COLABORADORES: Sres. José Luis Adán y José Rodríguez de Federación de Tierras y Viviendas R. N. (FTV); Marcelo Marzano; Dr. Darío Duch y Arq. Elvira Izaguirre.

El proyecto original Nº 621/06, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 11 de abril de 2006, según consta en el Acta Nº 860/06. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 17 de la Carta Orgánica Municipal,

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

ORDENANZA

Art. 1) Créase el Consejo Social de Tierras y Viviendas, con carácter consultivo, a los efectos de elaborar diagnósticos en forma integral, proponer planes de acción en el corto y mediano plazo y proceder a un seguimiento de las políticas que se implementen en torno a la problemática planteada.

Art. 2°) Serán integrantes del Consejo creado por la presente:

· Tres representantes del Ejecutivo Municipal (áreas de Planeamiento y Acción Social).

· Dos representantes del Concejo Municipal designados por la Comisión Legislativa.

· Organizaciones sociales no gubernamentales reconocidas en la defensa del derecho a la tierra y viviendas dignas, las que serán convocadas expresamente.

· Un representante del Gobierno Nacional vinculado a la temática de tierras y viviendas.

· Un representante del Gobierno Provincial vinculado a la temática de tierras y viviendas.

Art. 3°) La coordinación del Consejo Social de Tierras y Viviendas estará a cargo del señor Intendente Municipal o quien el mismo designe para tal función.

Art. 4°) La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación.

Art. 5°) Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.

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